Sentencia TSJ Murcia: retribución socios profesionales
"No existe un principio que establezca que las actividades económicas deban organizarse en la forma más rentable y óptima para la Hacienda", y por el contrario en nuestro Ordenamiento existe la libre configuración negocial que estructura la economía de opción, la que faculta al contribuyente para optar, de entre las varias posibilidades que ofrece la ley, por aquella que le resulte más rentable o de menor carga impositiva.
NO se aprecia simulación en los negocios jurídicos, la prestación de servicios profesionales a través de sociedades mercantiles interpuestas es posible.